El uso del braille para la alfabetización de personas con discapacidad visual está respaldado por varias normas y tratados internacionales que buscan garantizar la igualdad de oportunidades y el acceso a la educación. A continuación se mencionan algunas de las normas y marcos más relevantes:
1. Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad (CIDPD,) de las Naciones Unidas. 2006.
La CDPD es un tratado internacional que establece los derechos de las personas con discapacidad, incluyendo el derecho a la educación en igualdad de condiciones (Artículo 24). Se destaca la obligación de los Estados Parte de asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso a materiales de aprendizaje en formatos accesibles, como el braille.
2. Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), de las Naciones Unidas. Adoptada en 1948.
Aunque no menciona específicamente el braille, la DUDH establece el derecho de todas las personas a la educación (Artículo 26) y a participar en la vida cultural de la comunidad (Artículo 27), lo que se extiende a la provisión de materiales educativos accesibles para personas con discapacidades.
3. Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad, de las Naciones Unidas. 1982.
Este programa destaca la necesidad de integrar a las personas con discapacidad en la sociedad y garantizar su acceso a la educación, haciendo énfasis en la importancia de utilizar medios como el braille para la enseñanza y el aprendizaje.
4. Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), de las Naciones Unidas. Adoptada en 1989.
La CDN establece que todos los niños tienen derecho a la educación (Artículo 28), y en el caso de los niños con discapacidades, se debe proporcionar asistencia adaptada a sus necesidades, lo que incluye el uso del braille para niños con discapacidad visual.
5. Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, de las Naciones Unidas. Adoptadas en 1993.
Estas normas subrayan la importancia de garantizar que las personas con discapacidades tengan acceso a la educación y a la información en formatos accesibles, como el braille, para promover su integración plena en la sociedad.
6. Ley del Tratado de Marrakech, de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Adoptada en 2013.
Esta ley autoriza la creación y distribución de libros en formatos accesibles, incluyendo el braille, para personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso.
7. Convención de la UNESCO relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza, de la UNESCO. Adoptada en 1960.
Promueve la eliminación de cualquier forma de discriminación en la educación, lo que incluye garantizar el acceso a materiales educativos adaptados, como el braille, para estudiantes con discapacidades visuales.
Estas normativas y tratados internacionales establecen un marco para la inclusión y el acceso equitativo a la educación para personas en situación de discapacidad visual, asegurando que el braille sea un recurso esencial en su alfabetización y educación. Conocer esta normatividad es tu oportunidad defender el uso y la necesidad del sistema.
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